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¿Puede heredar el hijo nacido después de la muerte de su padre?
¿Se puede aceptar sólo una parte de la herencia?
¿Hay un plazo para aceptar la herencia?
Sí, si fue concebido antes de la muerte del causante, aunque nazca después. También puede heredar el bebé que fue concebido mediante técnicas de reproducción humana asistida que nace después de la muerte del causante.
No. Aceptar una parte de la herencia implica aceptar toda la herencia.
Sí. El plazo es de 10 años que se cuentan desde que se abre la sucesión. Si el heredero no la acepta en ese plazo, se considera que renunció a la herencia.
No. Como principio general, el heredero no debe pagar las deudas del causante con sus propios bienes. Los acreedores del causante pueden cobrar con los bienes recibidos en herencia y hasta el límite de esos bienes.
Cuando ocurre la muerte de una persona debe tramitarse una sucesión ante la justicia. La muerte puede ser real o presunta. La muerte presunta es la situacion juridica que afecta a una persona que habiendo desaparecido por un tiempo prolongado se va a presumir “juiris tantum” que ha muerto..
La herencia contiene todos los bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Es decir, se heredan bienes, créditos y deudas. Los herederos responden por las deudas del causante con los bienes que reciben.
¿El heredero responde con sus propios bienes por deudas del causante?
Testamentaria: Es la que se abre cuando la persona deja un testamento en el que dispone de sus bienes.
Por la ley o ab-intestato: Es la que se abre cuando no hay testamento y se aplican
las reglas del Código Civil y Comercial para distribuir el patrimonio de la persona fallecida.